¿ Sabías que... falsear datos en el CV es motivo de despido sin pago de indemnización?
"En materia laboral, la ley prevé la situación del empleado que es dado de alta habiendo invocado o acreditado falsamente un título del cual carece. Esta situación es causal de despido sin pago de indemnizaciones y además habilita a la empresa a reclamar al empleado la reparación de daños y perjuicios, según el caso. La fuente es el artículo 254 de la ley de contrato de trabajo de 1974 (del gobierno constitucional del Gral. Perón) que se origina en la reforma del Código de Comercio de 1934, mediante la ley 11.729 (del gobierno constitucional del Gral. Justo)"
Mas información en esta nota de hoy: "El CV retocado, una tentación que puede llevar a multas y a la cárcel"
No hay comentarios:
Publicar un comentario